Voy a usar esta ventana para publicar unos artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre los Derechos Políticos:
Artículo 63. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.
Artículo 64. Son electores o electoras todos los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política.
Artículo 66. Los electores y electoras tienen el derecho a que sus representantes rindan cuentas públicas, transparentes y periódicas sobre su gestión, de acuerdo con el programa presentado.
Amigos virtuales, los invito a ejercer el "derecho" que nos da la Constitución de elegir a los representantes del Parlamente y Asamblea Nacional, no pierdas la oportunidad de expresar tu opinión a través del voto.
No olvides el domingo 26 de septiembre ejerce tu derecho: VOTA,VOTA,VOTA.
Saludos María! Ya estoy siguiendo tu Blog! Te invito a que sigas el mío.
ResponderEliminarJohana